18/08/14 - Con la reciente publicación en el diario oficial La Gaceta de la Ley para la Generación de Empleos, Fomento a la Iniciativa Empresarial, Formalización de Negocios y Protección a los Derechos de los Inversionistas, se redujo el procedimiento para constituir una empresa en el país.
La ley eliminó el requisito de la publicación del aviso de declaración de comerciante individual o social en el diario oficial La Gaceta o en otro diario de circulación nacional.
También eliminó la obligatoriedad de un notario, por lo que el uso de estos servicios por el solicitante es opcional.
Estas reformas facilitan la apertura de más empresas porque reducen el período de tiempo en el que se realizan los trámites y los costos.
Es importante destacar que antes de abrir el negocio al público debe cumplir con los trámites de las licencias y permisos de operación, en caso de no hacerlo se expone al cierre de la empresa y a sanciones.
• Registro. Mediante formulario electrónico o en copia física. La ley deja a discreción del solicitante constituirse a través de este formulario, de un documento privado o escritura pública.
• Inscripción. En el registro mercantil en las Cámaras de Comercio e Industrias de Tegucigalpa y de Cortés. En el resto del país este trámite se realiza en el Instituto de la Propiedad.
• RTN. Solicitar el Registro Tributario Nacional (RTN) en la DEI. Si el domicilio del empresario está en Tegucigalpa o en Cortés, el trámite se puede hacer en las Cámaras de Comercio e Industrias de Tegucigalpa y de Cortés.
• Advertencia. Cumplidos los requisitos anteriores, la empresa está legalmente constituida, pero falta realizar otra serie de procedimientos para comenzar a operar.
• Otros trámites. Para que la empresa pueda operar tiene que cumplir con las respectivas licencias y permisos, dependiendo del rubro al que se dedique la empresa. Por ejemplo, si el negocio está relacionado con la producción o comercialización de plaguicidas y nutrientes vegetales, dispositivos médicos, fármacos, medicamentos, insumos para la salud, alimentos, entre otros, es obligatorio solicitar una licencia sanitaria en la Secretaría de Salud. Otras requieren licencia ambiental, la cual es autorizada por la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente.
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